Competencias comarcales en turismo
Las competencias en materia de turismo en Aragón se reparten entre la Administración de la Comunidad Autónoma, las comarcas y los municipios. La Comarca Ribera Alta del Ebro asume todas aquellas que le atribuye la legislación de comarcalización entre las que se citan con carácter general las siguientes:
- La promoción de la actividad y de la oferta turística de la comarca en los diversos mercados existentes, en coordinación con la propia actividad de la Comunidad Autónoma.
- La promoción de la creación y gestión de infraestructuras turísticas comarcales.
- El desarrollo de las directrices autonómicas para la ordenación de la actividad turística en la comarca.
De forma específica, las tareas asumidas se agrupan en tres ámbitos: la promoción turística, la gestión de infraestructuras turísticas y la ordenación y regulación de las actividades turísticas:
| Promoción | Gestión de infraestructuras | Ordenación y regulación de actividades turística |
|---|---|---|
| Coordinación de la red de oficinas de turismo en la comarca. | Planificación, coordinación y establecimiento de controles de las infraestructuras turísticas públicas. | Planificación y ejecución de actuaciones en materia de oficinas de turismo. |
| Fomento de la creación de productos turísticos y su comercialización en coordinación con el sector privado. | Participación en su explotación y la coordinación de la actividad de las infraestructuras de servicios del sector público privado. | Emisión de informe sobre la declaración de fiestas de interés turístico. |
| La ejecución de actuaciones relativas a la mejora, modernización y coordinación del sector turístico. |
Las tareas concretas que llevamos a cabo desde el área de Turismo de la Comarca Ribera Alta del Ebro se recogen en el artículo 13 del Decreto Legislativo 1/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón, y son las siguientes:
- El ejercicio de las potestades registral, inspectora y disciplinaria sobre las empresas y establecimientos turísticos de su competencia.
- La elaboración y aprobación del plan de dinamización turística comarcal, respetando las directrices de los recursos turísticos de la Comunidad Autónoma.
- La promoción de los recursos y de la oferta turística de la comarca en el marco de la política de promoción de Aragón como destino turístico integral.
- La creación, conservación, mejora y protección de los recursos turísticos de la comarca, así como la gestión de los recursos turísticos de titularidad comarcal.
- La gestión de las oficinas comarcales de turismo y la coordinación de las oficinas municipales de turismo ubicadas en el ámbito territorial comarcal.
- La emisión de informe sobre la declaración de actividades de interés turístico de Aragón, en los términos establecidos reglamentariamente.
- El ejercicio de las funciones inspectoras que les correspondan, con el fin de comprobar e investigar el cumplimiento de la legislación turística.
- La cooperación con los municipios tendente a potenciar la dimensión turística de los servicios obligatorios municipales.
- La prestación de la asistencia necesaria a los municipios para la conservación de los recursos turísticos y su efectivo disfrute.
- La colaboración con el sector privado y social en cuantas actuaciones fueren de interés para el fomento y promoción de la actividad turística. En particular, el asesoramiento técnico a las pequeñas y medianas empresas turísticas para la puesta en funcionamiento de nuevas actividades turísticas.
- Cualquier otra competencia que pudiera serle transferida, delegada o encomendada por la Administración competente.
Trámites
Los establecimientos turísticos que operen en alguno de los municipios de nuestra comarca, en función de su tipo, grupo, modalidad y categoría, están sujetos al cumplimiento de los requisitos mínimos que están recogidos en su normativa específica, así como en otras normas más generales como las relacionadas con la accesibilidad.
Corresponde a la Comarca recibir la Declaración Responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa turística e inspeccionar los siguientes establecimientos y actividades:
- Casas Rurales.
- Alojamientos Turísticos al Aire Libre (Campings, Áreas de acogida y acampada de autocaravanas, caravanas en tránsito y similares; Acampadas en edificaciones rurales aisladas) y Alojamientos turísticos singulares.
- Albergues y Refugios.
- Empresas de Restauración (Bares, Cafeterías y Restaurantes).
Para la apertura, clasificación y, en su caso, reclasificación de los establecimientos mencionados, así como para el ejercicio o la prestación de actividades o servicios turísticos fuera de los casos previstos, el órgano competente es la Comarca Ribera Alta del Ebro, que recibirá las Declaraciones Responsables de los empresarios/as turísticos/as comarcales, en los siguientes supuestos:
- El inicio y, en su caso, el cese de actividades.
- La apertura de un establecimiento turístico y, en su caso, la clasificación pretendida.
- Cualquier modificación o reforma sustancial que afecte a las condiciones en las que se inscribió la empresa o establecimiento en el Registro de Turismo de Aragón y que determinaron su clasificación inicial.
- Los cambios que se produzcan en el uso turístico del establecimiento.
- La transmisión de la titularidad del establecimiento.
Las declaraciones responsables pueden presentarse en la sede electrónica de la Comarca. Este trámite será utilizado por el interesado, que manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos establecidos en la normativa vigente para la apertura, cierre, modificación de datos del establecimiento como puede ser la capacidad, categoría, titularidad, denominación o modalidad en cafeterías, restaurantes, casas rurales, albergues, refugios o campings y la realización de acampada en casa rural aislada, todo ello según la legislación vigente. Declara, además, que dispone de la documentación que lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de ejercicio de la actividad.
Los hoteles, hostales y pensiones, apartamentos turísticos, empresas de turismo activo, viviendas de uso turístico, agencias de viajes y guías de turismo son competencia del Gobierno del Aragón y deben realizarse los trámites pertinentes en su sede electrónica.
DOCUMENTOS DE INTERÉS
- Declaración responsable para cafeterías y restaurantes
- Declaración responsable / comunicación para bares
- Declaración responsable para casas rurales (modalidad casa completa)
- Declaración responsable para casas rurales (modalidad alojamiento compartido)
- Declaración responsable para casas rurales (modalidad apartamento)
