1. Informar, ayudar y orientar a los consumidores para el adecuado ejercicio de sus derechos, así como ejercer la actividad de mediación en materia de consumo.
  2. Recibir, registrar y acusar recibo de denuncias y reclamaciones de los consumidores e iniciar actuaciones de mediación cuando proceda y, para el caso de que no prosperen, remitirlas a las entidades u órganos correspondientes, haciendo un seguimiento de las mismas para informar debidamente a los interesados.
  3. Suministrar, a través de la Dirección General de Consumo del Gobierno de Aragón, la información requerida por las distintas Administraciones públicas.
  4. Realizar tareas de educación y formación en materia de consumo.
  5. Prestar apoyo a las asociaciones de consumidores comarcales y facilitar a los consumidores toda la información necesaria sobre la existencia y actividades de dichas asociaciones, potenciando el fomento del asociacionismo en materia de consumo.
  6. Realizar campañas informativas tendentes a conseguir un mejor conocimiento por parte de los consumidores en relación con sus derechos y obligaciones, así como desarrollar programas dirigidos a mejorar el nivel de educación específica y formación de los mismos.
  7. Disponer la documentación técnica y jurídica sobre temas de consumo, así como potenciar su investigación y estudio.
  8. Elevar, a instancia de las partes interesadas, solicitud de arbitraje a la Junta Arbitral de Consumo de Aragón.
  9. Recibir sugerencias o peticiones concretas, elevando éstas a las autoridades competentes, a fin de modificar algunos de los servicios que prestan o bien establecer otros nuevos si se consideran necesarios.
  10. Elevar consultas al Consejo Aragonés de Consumidores y Usuarios.
  11. Colaborar, en su caso, con la Inspección de Consumo que depende del Gobierno de Aragón.